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Maternidad Gestante Sustituta

La Maternidad Gestante Sustituta es una técnica de reproducción asistida en el que se transfieren embriones al útero de una mujer que no ha aportado material genético, para llevar a cabo la gestación. Además de ser una forma altruista de permitir lograr el sueño de ser padres a quienes por situaciones médicas, biológicas o fisicas no les es posible llevar un embarazo.

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El Programa Maternidad Gestante Sustituta Reprogyn (MGS) es creado ante la necesidad de está técnica de reproducción asistida y la ventaja de la legislación del procedimiento en nuestro estado, es un servicio de ayuda a nuestros pacientes, procurando facilitarles esta búsqueda y apoyándolos en todo momento.

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PRINCIPIOS, MISION Y OBJETIVOS.

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  • No somos ni seremos nunca una agencia de subrogación, obteniendo ganancias, que encarece un proceso y limita a muchas parejas a acceder al sueño de ser padres.

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  • Nuestra preocupación, enfoque práctico y de principios garantiza una experiencia positiva y los mejores resultados posibles en su búsqueda para crear familias.

 

  • El acompañamiento psicológico de apoyo emocional para ambas partes, es permanente.

 

  • No existe discriminación alguna en nuestros procesos.

 

  • La dignificación de la Mujer y sus derechos reproductivos (parte medular de nuestro proceso).

 

  • Nuestras Madres gestantes no son úteros, son Ángeles de vida.

 

  • Conseguir el sueño de ser padres.

 

  • Seguimiento del embarazo.

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En Reprogyn nos apegamos siempre a los lineamentos legales establecidos, y por lo tanto es necesario contar con los siguientes requisitos expresados en el Artículo 380 BIS 5:

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  • I. Ser ciudadanos mexicanos.
     

  • II. Poseer plena capacidad de goce y ejercicio de sus derechos.

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  • III. La mujer gestante debe otorgar su aceptación pura y simple para que se lleve a cabo en su útero la implantación de la mórula y reconocer su obligación de procurar el bienestar y el sano desarrollo del feto durante el periodo gestacional y a concluir la relación contratada, respecto al o los recién nacidos y los padres contratantes una vez producido el nacimiento.
     

  • IV. La gestante cumpla con los requisitos establecidos en el presente Código.

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En algunos casos, los padres intencionados acuden con algún familiar (hermana, prima, tía, etc.) para poder determinar la factibilidad de ingreso al programa como madre gestante. Acorde a los criterios éticos del centro de Cirugía Reproductiva y Ginecología REPROGYN y los estatutos del código civil del estado de Tabasco Decreto 205, 9 abril 1997, las madres gestantes deberán:
 

  • Tener entre 25 y 35 años de edad.
     

  • Haber cursado con un embarazo previo sin complicaciones.
     

  • Contar con exámenes médicos y psicológicos normales.
     

  • Otorgar su aceptación pura y plena al procedimiento.
     

Las reformas que se realizaron en el código civil en enero 2016 (Decreto 233)  agregó diversas condiciones a las madres gestantes, de entre las más importantes son:
 

  • Edad entre 25 a 35 años
     

  • No haber estado embarazada los 365 días previos a la transferencia embrionaria
     

  • Historial y examen médico completo
     

  • Contar con un perfil clínico, psicológico y social sano.

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Dr. Raul Cabra Zurita

Cédula profesional no. 2196779

Cédula de especialidad no. 3245521

Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM)

Certificado del Consejo Mexicano de Ginecología y Obstetricia no. 1709

Certificado del Consejo de Biología de la Reproducción No. 151.

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Licencia Sanitaria: 09TR27004037 Permiso Cofepris: 163301201A2472

Tel: 993 310 0433

info@reprogyn.com

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